jueves, 28 de mayo de 2015

LAS SECTAS CONTRADICEN EL ESTADO DE DERECHO

En su dinámica habitual, las sectas coercitivas cometen una serie de transgresiones de los derechos individuales de notable importancia. Sin pretender ninguna exhaustividad, las sectas coercitivas conculcan frecuentemente diversos artículos de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, de la Declaración de los Derechos del Niño de 1959, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, de la Constitución Española de 1978, de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, del Código Penal y del Código Civil y de legislaciones específicas.

En España no se define ni se concreta la retrasada legislación civil y penal en relación con las sectas hasta que el Código Penal español, aprobado por consenso parlamentario en 1995, incorporó por primera vez -junto a la penalización de los que se asociaren para promover la discriminación por motivos ideológicos, enfermedad, raza u orientación sexual- la penalización de los que formaren una asociación que "aun teniendo por objeto un fin lícito, empleen medios violentos o de alteración o control de la personalidad para su consecución."

El Código Penal español de 1995 cerró deficiencias legislativas. Tipifica de manera clara, rotunda y evidente la actividad delictiva de las sectas "destructivas". Basta ya de alegar fines altruistas de salvación personal o planetaria, a la que tan aficionados son los líderes de estas organizaciones que exigen respeto a sus ideas. No se persiguen las ideas, sino los medios para imponerlas, medios que atacan lo que debe ser sagrado en democracia, como lo es la libertad individual, al imbuir un orden de valores o una ideología mediante el control mental y la destrucción de la personalidad. El legislador ha cuidado de incluir este precepto dentro del Título que sanciona los "Delitos contra la Constitución".

El artículo 520 ordena la disolución de este tipo de asociaciones, y en el artículo 129 se prevén medidas como clausura de locales o establecimientos, prohibiciones de realizar actividades en el futuro, medidas orientadas a prevenir la continuidad en la actividad delictiva y sus efectos.

Se regula también en el Código Penal español de 1995 el delito de lesiones, que castiga al que por cualquier medio o procedimiento causa a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal y su salud mental, agravando la pena cuando se utilizan métodos o formas concretamente peligrosos para la salud psíquica del lesionado.

El Código Penal supone un paso adelante respecto de la alegación tan utilizada de que estos métodos y procedimientos eran consciente y expresamente admitidos y consentidos por personas mayores de edad, y precisa que no es válido el consentimiento otorgado por un menor de edad o incapaz. Por lo cual el delito sigue existiendo.

Se establece un subtipo agravado de la figura de estafa, pues un gran número de estas organizaciones sectarias promete a sus adeptos (previo pago de todo cuanto poseen) resultados espirituales, mentales y físicos imposibles, irrealizables o irracionales, con lo que el engaño es más que clamoroso.

El Código establece el agravante cuando la estafa se comete "abusando de las relaciones personales entre la víctima y el defraudador, o si éste aprovecha su credibilidad empresarial o profesional."

El Código Penal de 1995 añade exhaustiva regulación de los delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social en los que, en gran medida, caen estas sectas contemporáneas, que con total desvergüenza suelen autotitularse "sin ánimo de lucro".

Todavía hay asociaciones, familias y ciudadanos víctimas de las sectas que no han encontrado en los Tribunales una tutela a sus derechos, que han visto violados por las sectas.

Aunque hubo procesos sonados, como la "Operación Mesías" (julio 1984) para desmantelar la secta CEIS de Cataluña, después no se ha mantenido la voluntad de acotar un peligro que se multiplica y se renueva y cambia constantemente. Desde el Ministerio del Interior continúa habiendo mucha incomprensión frente al fenómeno sectario, y los representantes de la Justicia y de algunas Asociaciones de Derechos Humanos han decidido mirar, en demasiadas ocasiones, los toros desde la barrera, en vez de bajar a la arena.

El Parlamento Europeo aprobó la resolución de fecha 28/3/1996, referente a las sectas en Europa, en la que se mantienen medidas enfocadas a integrar a los Estados miembros en una actuación común y coordinada en la materia.

Las sectas trabajan como multinacionales y generan problemas más globales cada día: la fuga de capitales, el trasvase de personas y de menores, la falta de escolarización, asuntos fraudulentos, falta de cobertura social, patrimonios expoliados, a lo que se suma la pérdida de capacidad crítica y de razonamiento independiente de las personas.

El funcionamiento de los grupos sectarios modernos agravia, de forma interna, en la hermeticidad de su esoterismo, los principios de Democracia y cuestiona el Estado de Derecho, lo que no impide que las mismas sectas ejerzan una presión permanente ante todas las instituciones públicas.

Probablemente, para el observador externo de las sectas contemporáneas, las agresiones perpetradas por éstas a la Democracia y al Estado de Derecho sean las más difíciles de percibir, debido a que la máscara religiosa, pervertida, oculta la realidad del vínculo de influencia que caracteriza de forma esencial la relación de "poder-sumisión" en torno al cual se articulan las sectas.

Las agresiones perpetradas por las sectas se dirigen contra la dignidad, la libertad, la igualdad, la integridad y la intimidad de los individuos que las componen. Tales delitos no pueden quedar impunes.

Los Jueces y Fiscales tienen que dejar de contemplar las denuncias y los informes dirigidos a ellos sobre el fenómeno sectario como algo exótico y casi anecdótico. Deben observar que el fenómeno sectario es una lacra corrosiva de la sociedad y aplicar las leyes vigentes.

Resulta muy extraño que en los programas electorales del PSOE y del PP para las elecciones generales de 2015 no se menciona el problema de las sectas y, por tanto, no hay medidas para prevenir ni para atender a las "víctimas de las sectas". Pero las víctimas también existen.

He aquí un testimonio de una madre:

"Soy una madre desesperada. Creo que mi hijo esta en esa secta que menciona. Le han lavado el cerebro, de eso no tengo dudas. No son normales las cosas que hace. Ahora esta en el hospital recuperandose, pero no se que va a pasar cuando salga de ahi. Lo único que sabemos es lo que el publico en internet hace un tiempo, pero que ni sospecha que nosotros lo sabemos pues lo vimos cuando un día se dejó el portatil abierto. Y espero que no se de cuenta porque si no lo borrara y es capaz de ni dirigirnos la palabra y largarse, como ya a hecho otras veces. Es un desespero no poder hacer nada. La policia me dice que el es ya mayor de edad y no ha cometido ningún delito. Llevo varios dias casi sin dormir por la angustia buscando en internet algo que me de una pista de donde esta para poder recuperarlo."